Se dictó RESOLUCION JUDICIAL Nº: PJ0242009000489 de la la Audiencia de Presentación del Ciudadano; Espino Jowuer Rafael, por lo que luego de escuchada la precalificación fiscal siendo ésta en los delitos de Amenaza y Violencia Física, lo manifestado por la Víctima, lo dicho por el Imputado y lo alegado por la Defensa Pública, este Tribunal admite la precalificación de los delitos de Amenaza y Violencia Física, por lo que considera necesario decretar una Medida Cautelar de las establecidas en el artículo 256 ordinal 3º del COPP con presentaciones cada 5 días ante la Oficina de Alguacilazgo, Medidas de Seguridad de las establecidas en los ordinales 3º, 4º, 5º, 6º y 13º del artículo 87 de la ley especial que rige la materia, así como la Práctica de Evaluación Psicológica tanto a la Victima al Imputado y su nucleo familiar y Copia a las Partes.-