Este Tribunal Penal Tercero de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en Ciudad Bolívar de forma Unipersonal, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 365 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal ABSUELVE al ciudadano CONTRERAS GARCÍA OTTO RAFAEL, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.479.350, residenciado en la Urbanización Los Próceres, segunda Etapa, Manzana 23, casa N°. 40, Ciudad Bolívar Estado Bolívar, por la comisión del delito de Actos Lascivos Violentos, tipificado en la Parte In Fine del artículo 377 del Código Penal en concordancia con el artículo 218 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio de la niña (Nombre protegido conforme a lo establecido en el Párrafo Primero del artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes.) Y por último .....