decide: Primero: El Ministerio Público imputó en la audiencia al imputado la comisión del delito de Aprovechamiento de Cosas Proveniente del Delito, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal.- Basándose en la actuación policial conforme a la cual se produjo un allanamiento, cuyo resultado consta al folio 11, practicada en el Barrio Hueco Lindo, callejón los Teques Nº 7.- En el curso de dicha actuación fueron localizado los objetos que se describen al vuelto del folio 9, entre los cuales esta un DVD, de la marca Premier DVD 550S02387.- Solicitó la aplicación de la Medida Cautelar Sustitutiva de la Detención y la aplicación del procediendo ordinario.- Los ciudadanos Ruy de Nobrega y Jinett De Nobrega, manifestaron en la audiencia que efectivamente en su casa de produjo la llegada de cinco sujetos armados y se llevaron el vehículo y varios objetos.- Manifestaron que el imputado Enoc García, no es reconocido por ellos como unos de los integrantes del grupo. El imputado m.....