Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana con Competencia en las Circunscripciones Judiciales de los Estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la acción de amparo interpuesta por la sociedad mercantil INVERSIONES TRINIVEN, S.A. y GRUPO 2.022, S.A. inscrita la primera de ellas en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, bajo el Nº 11, Tomo 16-A, en fecha 01 de febrero de 2001, con sede en Ciudad Bolívar, y la segunda en el Registro Mercantil Segundo de Ciudad Bolívar, bajo el Nº 28, Tomo 23-A, del doce 12 de diciembre de 2006, mediante la cual denuncian la presunta violación de los artículos 1, 2, 5, 7 y 13 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, en concordancia con el articulo 27 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de las garantías constitucionales contempladas en.....