Este Tribunal en fuerza de las consideraciones expuesta, y Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud presentada y, en consecuencia, DISUELTO POR DIVORCIO el matrimonio contraído por los ciudadanos: JESUS RAFAEL CONTRERAS FIGUERA Y SILVIA ORIENTI, por ante el Registro Civil del Municipio Licenciado Diego Bautista Urbaneja, Lechería, Estado Anzoátegui, en fecha 05 de agosto del año 2003, conforme consta de la copia certificada del acta de matrimonio Nº.143, tomo 01, inserta del folio 312 al folio 313, del Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por ese despacho en el año 2003 , en consecuencia;
La mujer no podrá usar en lo adelante el apellido del que fue su cónyuge y ambos quedan libres para contraer nuevas nupcias previo el cumplimiento de la normativa legal que regula la materia.-
Liquídese la sociedad conyugal.-
Publíquese y Regístrese.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este .....