D I S P O S I T I V A
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: COMPETENTE para conocer de las actuaciones procesales contentivas de la Causa Penal seguida al ciudadano penado Arturo Nicolas Moreno, AL TRIBUNAL 2° DE PRIMERA INSTANCIA EN MATERIA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLÍVAR, EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ; EN CUMPLIMIENTO DE LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 79 Y 480 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL. En consecuencia, se ordena la notificación de ésta decisión al Tribunal 2° de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, con sede en la Extensión Territorial Puerto Ordaz, y asimismo, la remisión de la causa al Tribunal declarado competente por ésta Alzada para conocer del presente asunto, a los fines de la con.....