D I S P O S I T I V A
Por las razones expuestas, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Juicio Nº 6, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 322 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 325 numeral 3 eiusdem, y el artículo 48 numeral 1° del mismo Código, declara el SOBRESEIMIENTO a favor del ciudadano VICTOR MANUEL MOLERO MARCHAN, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.414.878, residenciado en la calle 53 entre carreras 14 y 15, casa N° 14-60 de Barquisimeto Estado Lara, hijo de Marcos Tulio Moreno y Castula Rosa Marchán de Molero, por los hechos que en perjuicio de los ciudadanos Ronald Spenser Molero Marchan, Castula Rosa Marchán y Marcos Alexis Molero, fueran investigados por la Representación Fiscal, y que quedaron descritos en el primer capítulo de la presente decisión. Notifíquese. Contra esta r.....