Mediante sentencia dictada en el día de hoy, este Juzgado Superior se declaró INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana JOSEFINA BITZAIDA CONDE, contra la presunta negativa de la sociedad mercantil INVERSIONES DELICATESES Y ALGO MAS AMIS FIGUERA, C.A. de acatar la Providencia Administrativa Nº 2008-318, dictada en fecha 17 de julio de 2008, por la Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" de Puerto Ordaz, Estado Bolívar, que declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por la accionante. La suscrita deja constancia que dicha sentencia fue publicada en el día de ayer y debido a falla en el sistema se diariza en el día de hoy.