Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ricaurte de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio presentada por la ciudadana, RAMONA DEL CARMEN ARAQUE ARAQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nª V- 12.973.335 domiciliada en la Comunidad Sabana Larga, Calle Principal, Vía El Bajío, Fundo Santa Rita S/N, Municipio Ricaurte Estado Cojedes, en contra del ciudadano, ROSARIO MARQUEZ ARAQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.490.563, domiciliado en la Comunidad Sabana Larga, Calle Principal, Vía El Bajío, Fundo Santa Rita S/N, Municipio Ricaurte Estado Cojedes., fundamentada en la sentencia vinculante de la sala constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, Nº 1070/2016, de fecha 09/12/201.....