Este Tribunal en fuerza de las consideraciones expuesta, y Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud presentada y, en consecuencia, DISUELTO POR DIVORCIO el matrimonio contraído por los ciudadanos: JEAN WISSEN BECERRA AVILA Y MARVIS ALEIDIS MAGALLANES ROJAS, por ante la Prefectura del Municipio Independencia del Estado Anzoátegui, en fecha 05 de Abril del año 2002, conforme consta de la copia certificada del acta de matrimonio Nº.58, inserta en el Tomo II, folios 29 al 30, del Libro de Registro Civil de matrimonios llevados por ese despacho en el año 2002, en consecuencia;
La mujer no podrá usar en lo adelante el apellido del que fue su cónyuge y ambos quedan libres para contraer nuevas nupcias previo el cumplimiento de la normativa legal que regula la materia.-
Liquídese la sociedad conyugal.-
Publíquese y Regístrese.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Ciudad Bolívar, .....