En merito de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR, la solicitud de CALIFICACIÓN DE DESPIDO, incoada por la ciudadana TAIRIS ARMANDA HERNANDEZ VELASQUEZ, en contra de el INSTITUTO POSTAL TELEGRÁFICO DE VENEZUELA, en consecuencia se ordena : 1°) El reenganche de la ciudadana TAIRIS ARMANDA HERNANDEZ VELASQUEZ, en forma inmediata a su puesto de trabajo, en las mismas condiciones y circunstancias en que se encontraba para el momento del despido injustificado en fecha 12 de junio del 2.006. 2°) El pago de los salarios caídos, calculados desde la fecha de la notificación al Instituto Postal Telegráfico, hasta la fecha de su efectiva reincorporación a sus labores, a razón de (Bs. 36.936,23), diarios, tal como quedó acordado en este fallo.
No hay condenatoria en costas en virtud de los .....