Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" de la fallecida ciudadana MAHARANIE SEWDIN SEWDIN, quien era venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-23.019.409, falleció el día 30/07/2021, en el Estado Delta Amacuro, Municipio Casacoima, Parroquia Manuel Piar a consecuencia de PARO CARDIORESPÌRATORIO según acta de defunción Nro. 023; a las ciudadanas KAMANIE GROVESNOR y HEAMWATTIE GROVESNOR, en su carácter de hijas de .....