Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 12, 15, 242, 243, 249, 254, 506 del Código de Procedimiento Civil, Articulo 185 ordinal 3º, del Código Civil, en concordancia con el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por Divorcio ha incoado el ciudadano DANIEL JOSE GARCIA ANUEL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-17.973.921, debidamente representada por la Profesional del Derecho LILINA CALLIGARO, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 125.892, respectivamente, en contra de la ciudadana NORBELYS DEL CARMEN FRANCO ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de .....