En fecha 01-10-2007, se dicta sentencia mediante la cual el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada GERALDINE VANESSA LEMUS, en su condición de co-apoderada judicial de la empresa C.V.G. INDUSTRIA VENEZOLANA DE ALUMINIO, C.A. (C.V.G.VENALUM), en contra de la decisión dictada en fecha 10 de Noviembre de 2006, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, la cual queda ANULADA, por las razones expuestas en este fallo.
SEGUNDO: Se ordena la REPOSICION DE LA CAUSA, al estado en que el Tribunal de Juicio a quien corresponda el conocimiento de este asunto, por auto expreso, de apertura a la fase declarativa del presente proces.....