Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio, presentada por los ciudadanos OLGA MILAGRO MORATINOS ACUÑA Y JHON JAIVEL OSTOS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí titulares de las cédulas de identidad números Nº 14.414.865 y 20.269.348 respectivamente, domiciliados la primera en el Complejo Habitacional Ezequiel Zamora, Zona 11, Torre F, Apartamento 3-3, y el segundo en el Complejo Habitacional Ezequiel Zamora, Zona 1, Torre A, Apartamento 3-1, ambos de la ciudad de San Carlos estado Cojedes, asistidos por el abogado MARLENY JOSEFINA LINARES GARCÍA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 136.232, con fundamento en lo previsto en el artículo 185-A del Código.....