Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: Con Lugar el Recurso de Apelación ejercido contra Sentencia, por las Abogadas Magda Sandoval y Marieva Machado, procediendo en sus condiciones de Fiscal Décimo Primero del Ministerio Público de la Circunscripción del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, y Fiscal Cuadragésima Tercera a Nivel Nacional del Ministerio Público con Competencia Plena, y que con tal carácter actúan en la presente causa seguida al ciudadano acusado Lupo Cinco Salavarria, en la causa penal que se le sigue por la comisión del delito de Homicidio Intencional con Exceso en la Defensa, previsto y sancionado en el artículo 405 en concordancia con el articulo 66 ambos del Código Penal; tal impugnación ejercida a fin de refutar la Sentencia que emitiera el Tribunal 6º de Primera Instancia.....