IV
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Divorcio por Desafecto entre los ciudadanos, LEONARDO ALFREDO MÍRELES MIRANDA Y ADIALIZ DEL VALLE OSORIO CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titular de la cédulas de identidad Nro. V-20.952.871 y Nro. V-20.043.921, correo electrónico: el primero leonardomireles22gmail.com, y el segundo adializdelvalle@gmail.com, respectivamente; con fundamento en lo previsto en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la jurisprudencia 1.070/2016, proferida de la Sala Constitucional; y en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía desde el día cinco (05) de Mayo del año dos mil dieciséis (2016), contraí.....