IV
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio, presentada por los ciudadanos ROMER ARISTÓBULO CORTEZ BRICEÑO Y CYBELLE RODRÍGUEZ CHÁVEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros V-10.634.528 y V-10.928.801, respectivamente,debidamente asistidos para este acto por la abogada en ejercicio Aura Yolanda Rodríguez Bermúdes, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 133.815,con fundamento en lo previsto en el artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara el divorcio de los cónyuges ya identificados y disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el día siete (07) de Abril del año dos mil seis (2006), según acta Nº.....