... "La acción que nace de una ejecutoria se prescribe a los veinte años, y el derecho de hacer uso de la vía ejecutiva se prescribe por diez años ...". Y por cuanto en el presente juicio seguido por el procedimiento por INTIMACIÓN, por la abogada en ejercicio EVA CORONEL DE LÓPEZ, contra el ciudadano ELIO FELIPE MARTINEZ; observa que desde el 04 de Agosto de 1987, ha transcurrido más del término establecido para accionar por la vía ejecutiva, razón por la cual se declara PRESCRITO el derecho de accionar en este proceso.