Este Tribunal Superior Segundo Agrario de los Estados Aragua, Carabobo y Cojedes, actuando en sede administrativa, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE La Tercería incoada por el profesional del Derecho ANTONIO AURE SANCHEZ, identificado en autos, en su condición de Síndico Procurador del Municipio San Diego del estado Carabobo