DECISIÓN:
Por todas las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas destaca el juzgador el principio consagrado por el Constituyente Patrio en el articulo 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en que utilizó el termino Justicia como sinónimo de Supremo Valor Axiológico, en virtud de que se evidencia de la declaración de la víctima formulada en esta misma audiencia que la niña de 7 años Elimar Antonieta pregunta muchísimo por su padre, por lo que en consecuencia, decretar en contra del ciudadano imputado la medida cautelar extrema de privación judicial preventiva de libertad, pudiera traducirse en una circunstancia agravante de la salud psíquica, física y mental no solo de la prenombrada niña, sino de la totalidad de las menores ; en este mismo sentido, se destaca también el contenido del último aparte del artículo 42 de la Ley Especial que rige la materia, esgrimido por la defensa privada... "la competencia para conocer el delito de lesio.....