-IV-
Decisión.-
Por las razones expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, conforme a derecho y por autoridad de la Ley, considera PROCEDENTE la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos: ARORDO YVAN SILVA Y ANA MARÍA RIVAS, previamente identificados. Así se decide. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal que los unía desde el día 20 de septiembre de 2011, contraído por ante la Oficina de Registro Civil Del Municipio Girardot del estado Cojedes.
Por cuanto la solicitante no manifestó en su solicitud haber adquirido bienes, el Tribunal no hace especial pronunciamiento por no existir bienes que liquidar. Así se declara.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Girardot de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, a los treinta (30) días del mes de mayo de dos mil veinticuatro (2024). Siendo la 9:30.....