IV.- Decisión.-
Por las consideraciones que anteceden este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la circunscripción judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, conforme a derecho, declara Con Lugar la demanda de divorcio por abandono voluntario contemplada en el numeral 2º del artículo 185 del Código Civil, interpuesta por el ciudadano Miguel Ángel Natera Pacheco, en contra de la ciudadana Gabriela Alejandra Briceño Báez, ambos identificados en actas; en consecuencia, Disuelto el vinculo Civil de Matrimonio que los unió desde el día treinta (30) de junio del año 2008, contraído ante el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la circunscripción Judicial del Estado Cojedes, según se evidencia en acta de Matrimonio Nº 14, de los libros respetivos......