Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia, en nombre de los ciudadanos y ciudadanas, la República Bolivariana de Venezuela y la autoridad que le confiere la ley declara: Primero: SIN LUGAR la solicitud de interdicción incoada por los ciudadanos FRANCISCO SILVA ARRIECHI, ISAAC AURA JOSEFINA SILVA DE GUEVARA, VIRGINIA ANTONIA SILVA DE VIVAS, CUSTODIA ANGÉLICA SILVA ARRIECHI, CARMEN COROMOTO SILVA DE MALUENGA, UVENCIA VICTORIA SILVA ARRIECHI y VÍCTOR JOSÉ SILVA ARRIECHI, todos de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Números: V-3.040.944, V-4.097.686, V-3.040.922, V-3.691.126, V-3.693.037, V-5.744.291 y V-7.533.207 respectivamente; Segundo: se REVOCA la designación de la ciudadana CUSTODIA ANGÉLICA SILVA ARRIECHI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-3.691.126, .....