Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio El Pao de San Juan Bautista de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Con Lugar, la presente solicitud de Divorcio, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos Jesús María Fuemayor Herrera y María Eva López Rivero, y en consecuencia, Disuelto, el vínculo matrimonial que los unía, contraído en fecha veintisiete (27) de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco (1985), por ante el Concejo Municipal del Distrito Pao, (Municipio El Pao) del estado bolivariano de Cojedes; todo de conformidad con lo previsto por el artículo 184 eiusdem. Segundo: Se acuerda oficiar lo conducente al Registro Civil del Municipio El Pao de San Juan Bautista del estado bolivariano de Cojedes, así como al Registrador Principal del estado bolivariano de Co.....