DISPOSITIVA.
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: Se CONFIRMA la sentencia sometida a Consulta Obligatoria dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en fecha 03de abril de 2012, que declaro Parcialmente Con Lugar la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales incoada por que el ciudadano JOSE JESUS GUERRA ZAPATA en contra del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD.
No hay condena en costas en esta instancia por la naturaleza del fallo.
Se ordena la notificación a la ciudadana Procuradora General de la República, de conformidad con el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
PUBLIQUESE, REGISTRESE, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Da.....