Por todas las razones precedentes, este JUZGADO DEL MUNICIPIO FALCON DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, actuando con la competencia en el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la acción que por pensión alimentaría intentara la Ciudadana GIOCONDA SENIOR, en representación de su menor hija (IDENTIDAD PROTEGIDA), y por intermedio del Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Autónomo Flacón del Estado Cojedes, contra el Ciudadano JOSE BONIFACIO PEREZ JARAMILLO, todos identificados en autos.- En consecuencia, este tribunal fija una pensión alimentaría a favor de la menor antes identificada en la cantidad de un Treinta por ciento (30%) mensual sobre el sueldo que devenga el demandado.- Dicha cantidad será descontada directamente por el patrono del trabajador, y aumentada automáticamente y de acuerdo a los beneficios obteni.....