Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos Elda Marina León Páez y Luís Ramón Mújica Rangel, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-9.534.886 y 7.210.519, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a la adolescente ............................; en consecuencia, se pone fin al presente procedimiento de Obligación de Manutención, de conformidad con lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Líbrese oficio respectivo a la empresa INDER a los fines de que realice los descuentos acordados de la nomina del ciudadano Luís Ramón Mújica Rangel, titular de la cédulas de Identidad Nos. 7.210.519. Es todo.