Por las razones expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y conforme a derecho declara: EXTINGUIDA LA INSTANCIA POR HABER OPERADO LA PERENCION en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES (PROCEDIMIENTO POR INTIMACIÓN), incoara la abogada RAIZA CAROLINA BIGOTT MARTINEZ, en su carácter de Endosataria en Procuración del ciudadano JOSÉ JESÚS CHOURIO, contra la Sociedad Mercantil AGROPECUARIA GUARDATINAJAS C.A y el Ciudadano ALONSO TAMAYO AVELLAN, todos identificados en actas. Así se declara.