Por las razones de hecho y de derecho antes explanadas, este Juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLÍVARES (INTIMACIÓN), incoada por el abogado en ejercicio ORLANDO PINTO APONTE endosatario en procuración de la ciudadana ZUNILDA MONTANA, contra la ciudadana MIRIAN ESPAÑA, suficientemente identificados en los autos; y se le condena a pagar a la demandada la suma de CUATRO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 4.000.000,00) valor principal de la letra de cambio.
SEGUNDO: Se ordena a la demandada a cancelar los intereses de mora causados desde el vencimiento de la letra de cambio hasta la fecha de la ejecución definitiva de la sentencia, calculados a la tasa del CINCO POR CIENTO (5%) anual.
TERCERO: Se acuerda practicar experticia complementaria del fallo a objeto de calcular l.....