DECISIÓN
En orden a los razonamientos expuestos y por cuanto quedó comprobado la continuidad laboral así como el incumplimiento de la demandada en el pago de los salarios reclamados por los actores y demás conceptos reclamados, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la demanda incoada por los ciudadanos: DOUGLAS ANTONIO GUERRERO INOJOSA y JUAN ANTONIO HERNANDEZ TELLERÍA venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de Identidad números, 7.662.116 y 7.563.477, respectivamente, contra RODRIGO DE SOUSA TEXEIRA.