DECISIÓN:
este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en función de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley pasa a decidir y lo hace de la siguiente manera: PRIMERO se IMPONE al imputado de auto la medida de presentación periódica cada 15 día ante la unidad de alguacilazgo, de conformidad con lo establecido en el articulo 253 del Código Orgánico Procesal Penal, reproduciéndose así de manera integra el texto y alcance de da Decisión Proferida por este Tribunal en fecha 15 de Marzo de 2007. Así se declara.