D E C I S I Ó N
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones actuando en Sala Única, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
UNICO
A D M I T E cuanto a lugar en derecho el recurso de apelación de auto interpuesto por la ciudadana Ana Edilia Romero Coronel, Defensora Pública Penal Séptima de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes actuando en representación del ciudadano Gregory Alexander Hernández Muñoz, contra la la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en fecha dieciséis (16) de febrero de dos mil siete (2007), mediante el cual se decretó la medida de privación judicial preventiva de libertad dictada en contra del referido ciudadano.
Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes. Cúmplase lo ordenado.