CAPITULO IV
DISPOSITIVA
Por ello, el TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ANZOATEGUI DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo pautado en el artículo 383 literal b de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA: LA EXTINCIÓN del presente procedimiento por motivo de Obligación de Manutención (Homologación), presentado por ante la Defensoría Municipal de Niños, Niñas y Adolescentes "Juan Pablo II" del estado Cojedes, asistiendo los derechos e intereses de la hoy joven adulta ciudadana ELIANNYS YITZELIZ REYES FONSECA, de veinte (20) años de edad, a requerimiento, de los ciudadanos LILIA NATHALI FONSECA y JESÚS RAFAEL REYES PEÑALOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-15.628.368 y V-14.413.283; respectivamente; la primera domiciliada en la calle Pinto Salin.....