IV
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Ricaurte de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio por Desafecto presentada por la ciudadana: AREYDIS ARISNELA AVANCINES PEÑA, titular de la cédula de identidad número: V-12.766.173, venezolana, mayor de edad, hábil en cuanto a derecho se requiere, domiciliada en la Av. Tejerias, cruce con calle Miranda, casa Nº 14-932, sector Centro Norte, Libertad de Cojedes Municipio Ricaurte, estado Cojedes, en contra del ciudadano: PROSPERO ENRIQUE GONZALEZ, titular de la cedula de identidad numero V-8.674.281, venezolano, mayor de edad, hábil en cuanto a derecho se requiere, domiciliado en la Av. Principal, sector Caño Hondo, frente de la escuela, Libertad de Cojedes, Municipio Ricaurte, estado Coj.....