Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara: PRIMERO: Incompetente por el Territorio para conocer la presente causa. Así se decide. SEGUNDO: Declina su competencia en el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, con sede en El Baúl. Así se decide -
Désele salida y remítase el expediente a la brevedad posible junto con oficio al precitado juzgado.-
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada de la presente Decisión de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en San Carlos a los veintisiete (27) días del mes de septiembre del año dos mil diecinueve (2019). Años 209º d.....