En fuerza de los razonamientos y consideraciones antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la rectificación solicitada del Acta de Defunción del ciudadanos Edgar José Méndez, en cuanto a la mención del nombre de su madre en el respectivo asiento, por lo que en consecuencia se ordena: RECTIFICAR el asiento que aparece inserto bajo el Nº 676, folio 176 del libro de Registro Civil de Defunción que por duplicado es llevado por el Registro Civil del Municipio San Carlos del Estado Cojedes, durante el año 2009, contentiva del acta de defunción del ciudadano Edgar José Méndez, en el sentido de que en la misma se corrija el error develado en cuanto a la identificación de su madre; y en tal virtud: donde dice : "...hijo de María de la Paz Méndez.." DEBE DECIR .....