PRIMERO: Se acuerda el decaimiento de la medida cautelar existente a favor del ciudadano JESUS ENRIQUE BETANCOURT, de la impuesta la última en fecha 06-06-2007. SEGUNDO: Se acuerda la libertad plena sin restricciones del ciudadano JESUS ENRIQUE BETANCOURT. TERCERO: Se ordena librar boleta de traslado para el día lunes 30-06-08 en horas de la tarde. Notifíquese a las partes. Así se decide, cúmplase lo ordenado.