III
DECISION
Ante los razonamientos expuestos y vista la solicitud presentada por la ciudadana YENNIZ YAJAIRA CAMPO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-10.993.782 y domiciliada en la calle Martin Silva, Casa S/N, Sector El Espinal II-A, del municipio Rómulo Gallegos del estado Cojedes y estudiado el caso en cuestión éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelva: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la solicitante ciudadana YENNIZ YAJAIRA CAMPO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-10.993.782, el derecho de propiedad sobre las mencionadas bienhechurías descrita en la solicitud presentada en fecha siete (07) de mayo del presente año (2015), todo d.....