Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A interpuesta por los ciudadanos OSCAR JOSE AULAR AULAR y CRISBEL PALLEN GARCIA, ya identificados, asistidos en este acto por el abogado en ejercicio OSCAR OCHOA, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 110.943, en consecuencia se declara disuelto el vinculo matrimonial que los unía y que contrajeran por ante la Prefectura Civil del Municipio Tinaco hoy, Oficina de Registro Civil del Municipio Tinaco del Estado Cojedes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, el 06 de abril de 1982. Cúmplase.