CAPÍTULO III
DECISIÓN
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Daisy García Mendoza, actuando en su carácter de autos, contra la decisión de fecha 03 de julio de 2008, dictada por el tribunal a-quo; en el juicio por Cobro de Bolívares (apelación de sentencia interlocutoria), seguido por la ciudadana Julieta Monsanto de Gregg, contra la sociedad mercantil Inversiones 239, C.A., el ciudadano Daniel Giorgio Pichetti Yazawa y Hotel Sun Way, C.A. Segundo: REVOCA la decisión de fecha 03 de julio de 2008, proferida por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, mediante la cual, declaró improcedente la oposición a la medida cautelar de embargo dictada por.....