El Tribunal lo acuerda en conformidad y en consecuencia, definitivamente firme como ha quedado la anterior sentencia dictada por este Tribunal, se ordena su ejecución.- Expídanse por Secretaría las copias certificadas solicitadas y junto con oficio, remítase una copia al Registro Civil del Municipio San Carlos del Estado Cojedes y al Registrador Principal del mismo estado, todo de conformidad con lo dispuesto por el artículo 506 del Código Civil.- Se comisiona para la obtención de las copias a la ciudadana Yliana Pérez, titular de la cédula de identidad Nº V-14.414.502, asistente de este Tribunal, quien junto con la Secretaria firmará dicha certificación en todas y cada uno de sus folios; todo de conformidad con lo previsto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.-