Se dictó decisión en la presente causa acogiendo la calificación correspondiente al Delito de Violencia Física Agravada, acordándose medida de protección y Seguridad de las establecidas en los ordinales 3º,5º,6º y 13º del articulo 87 de la referida Ley especial. Se acordó Medida cautelar sustitutiva de la Privativa de Libertad de la establecida en el articulo 256 ordinales 3ºy 8º, consistente en presentaciones cada 15 días por ante la Comisaría policial de Upata Se acordó seguir la presente causa por el procedimiento especial. Quedando debidamente notificadas las partes de la presente decisión en fecha 25-01-2010.