DISPOSITIVA.
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la parte accionada y recurrente, en contra de decisión dictada en fecha 13 de agosto del año 2012, dictada por el Tribunal Primero Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, que declaro Parcialmente Con Lugar, la demanda por motivo de Accidente Laboral. En consecuencia se confirma fallo recurrido.
Hay condenatoria en Costas a la parte accionada y recurrente de conformidad con lo señalado en el artículo 60 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo parte in fine.