Por las razones expuestas, éste: TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO FALCÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y conforme a derecho declara: EXTINGUIDA LA INSTANCIA POR HABER OPERADO LA PERENCION en la demanda por motivo de CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, incoada por la ciudadana AURA ONTIVEROS ut -supra identificada en actas. Así se declara.
Asimismo se acuerda notificar a la parte demandante de la presente sentencia, y librar los respectivos oficios a la Fiscal Cuarta del Ministerio Público con Competencia en el Sistema de Familia y de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Estado Cojedes y a la Defensoría Municipal del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Falcón del Estado Cojedes, a los fines legales consiguientes.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del fallo.
Publíquese,.....