Con base a las consideraciones anteriores, éste JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE SU APROBACION a la referida TRANSACCION, en lo términos expresados por las partes en la diligencia que lo contiene, HOMOLOGA dicha transacción y como efecto de la misma, da formalmente por terminado el presente juicio.