CAPITULO IV
DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ANZOÁTEGUI, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO fundamentada en el criterio jurisprudencial con carácter vinculante establecido en la Sentencia Nº 1070 de fecha 9/12/2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, interpuesta por la ciudadana DORIS BERTHA ECHANDIA NUÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.019.187, en consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, entre los ciudadanos DORIS BERTHA ECHANDIA NUÑEZ y JUAN MIGUEL HERNÁNDEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros V-15.019.187 y V-10.990.657, respectivamente, contraído en fecha veintinueve (29) de Marzo de dos mil (2......