Por las razones expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley y conforme a derecho declara: EXTINGUIDA LA INSTANCIA POR HABER OPERADO LA PERENCIÓN en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRANSITO, intentó sociedad mercantil CONSTRUCTURA PESTANA y ANDRADE, C.A., contra el ciudadano NERIO PASTOR SANABRIA y la Empresa Garante CORPORACIÓN RC, C.A., todos identificados en actas. Así se declara.