este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: Con Lugar la Inhibición planteada en fecha 18/02/2015, por la Psiquiatra, ciudadana Carmen Milagro Ascanio, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.539.058, inscrita en el Ministerio del Poder Popular para la Salud bajo el Nº 35.614, miembro del Equipo Multidisciplinario adscrito a éste Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, para conocer el asunto por motivo de Privación de Patria Potestad incoada por la ciudadana Naile Elizabeth Cordero de Lovelle, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.985.632, contra el ciudadano José Carmelo Castillo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 5.747.727, en beneficio.....