este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en Funciones de Juicio del sistema de responsabilidad penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY acuerda: SANCIONAR al adolescente IDENTIFICACION QUE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ART. 65, PARAGRAFO 2DO DE LA LOPNNA, conforme al procedimiento especial de admisión de hechos previsto en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, por encontrarlo penalmente responsable por la comisión de los delitos de: VIOLENCIA FISICA Y AMENAZA, previsto en los artículos 42 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia cometidos en perjuicio de LUISA FERNANDA CHACON PEREZ y se sanciona a cumplir la medida de LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de UN (01) AÑO, conjuntamente con REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de SEIS (06) MESES, de conformidad con lo previsto.....